En este artículo se detallan las principales ayudas disponibles para la contratación en la Comunidad de Madrid
- Incentivos para la contratación indefinida de personas jóvenes desempleadas
- Ayudas para contratar personas desempleadas de especial atención
- Incentivos para la contratación de personas jóvenes desempleadas mediante un contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada
- Incentivos para el fomento de la contratación de personas con discapacidad y otros colectivos especialmente vulnerables
- Incentivos para la contratación de personas jóvenes desempleadas mediante un contrato formativo de formación en alternancia.
- Otras ayudas disponibles para particulares, autónomos y empresas
Incentivos para la contratación indefinida de personas jóvenes desempleadas.
Cuantía de las ayudas:
5.500 euros por cada contratación indefinida inicial a tiempo completo de persona joven que cumpla los siguientes requisitos:
Persona joven menor de 30 años, inscrito como demandante de empleo el día inmediatamente anterior a su contratación, durante un período ininterrumpido de al menos 30 días, e inscrito el día inmediatamente anterior a su contratación en situación de beneficiaria en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
La cuantía anterior se puede incrementar con importes adicionales, si se da uno o varios de los siguientes casos:
- 500 euros cuando la persona contratada es una mujer.
- 500 euros cuando la persona contratada está en una de estas dos circunstancias o en ambas:
- Tiene hijos o hijas menores de 16 años
- Tiene ascendientes a cargo en situación de dependencia.
- 1000 euros, no acumulables al importe anterior si, además de tener hijos o hijas menores de 16 años, está en una o varias de las siguientes situaciones:
- Es una familia monomarental
- Es una familia monoparental
- Tiene la condición de familia numerosa.
- 000 euros para los autónomos que contratan a su primer empleado.
- euros cuando la entidad beneficiaria es una empresa emergente (startup).
Ayudas para contratar personas desempleadas de especial atención
Subvenciones para facilitar la contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención por uno o varios de los siguientes motivos:
- Su edad (mayores de 45 años y en especial los mayores de 55 años).
- Su situación de desempleo (larga o muy larga duración).
- Desarrollar su actividad laboral en municipios rurales de menos de 5.000 habitantes.
Las personas beneficiarias reciben subvención para un máximo de 10 contrataciones por año natural.
Cuantía de las ayudas
- 500 euros por cada contratación indefinida inicial a tiempo completo de personas en alguna de las siguientes situaciones:
- Personas mayores de 30 años que son desempleadas de larga duración. Esto significa que deben estar inscritas como demandantes de empleo, al menos, 360 días en los 540 días anteriores a la fecha de su contratación.
- Personas con edad entre los 45 y 54 años (ambos inclusive) que están desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, al menos, el día inmediatamente anterior a su contratación.
- 500 euros por cada contratación indefinida inicial a tiempo completo de personas en alguna de las siguientes situaciones:
- Personas mayores de 30 años que son desempleadas de muy larga duración. Esto significa que deben estar inscritas como demandantes de empleo durante un período ininterrumpido de, al menos, 24 meses inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación.
- Personas mayores de 45 años que son desempleadas de larga duración. Esto significa que deben estar inscritas como demandantes de empleo, al menos, 360 días en los 540 días anteriores a la fecha de su contratación.
- Personas mayores de 55 años que son desempleadas y están inscritas como demandantes de empleo.
- Personas desempleadas de cualquier edad, que desempeñan su actividad laboral en un centro de trabajo ubicado en un municipio rural de la Comunidad de Madrid de menos de 5.000 habitantes.
Las cuantías anteriores se pueden incrementar con importes adicionales, si se da uno o varios de los siguientes casos:
- 500 euros cuando la persona contratada es una mujer.
- 500 euros cuando la persona contratada está en una de estas dos circunstancias o en ambas:
- Tiene hijos o hijas menores de 16 años
- Tiene ascendientes a cargo en situación de dependencia.
- 000 euros, no acumulables al importe anterior si, además de tener hijos o hijas menores de 16 años, está en una o varias de las siguientes situaciones:
- Es una familia monomarental
- Es una familia monoparental
- Tiene la condición de familia numerosa.
- 000 euros para los autónomos que contratan a su primer empleado.
- 000 euros cuando la entidad beneficiaria es una empresa emergente (startup).
Si la contratación se hace a tiempo parcial, los importes anteriores se reducen proporcionalmente en función de la jornada establecida. La jornada a tiempo parcial no puede ser inferior al 75 por 100 de la jornada a tiempo completo comparable.
Incentivos para la contratación de personas jóvenes desempleadas mediante un contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada.
Cuantía de las ayudas
- euros por cada contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada, a tiempo completo, que reúna los siguientes requisitos:
- Persona joven menor de 30 años, inscrita como demandante de empleo y en situación de beneficiaria, en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, ambas desde el día inmediatamente anterior a su contratación.
- Estar en posesión, en el momento de la formalización del contrato, de un título universitario o de título de grado medio, o superior, especialista, máster profesional o certificado del sistema de formación profesional, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de Ordenación e Integración de la Formación Profesional.
- Que el alta en Seguridad Social se realice en el grupo de cotización correspondiente a su nivel de estudios o formación.
- Copia del contrato y plan formativo individual según el artículo 11.4.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
La cuantía anterior se puede incrementar con importes adicionales, si se da uno o varios de los siguientes casos:
- 500 euros cuando la persona contratada es una mujer.
- 500 euros cuando la persona contratada está en una de estas dos circunstancias o en ambas:
- Tiene hijos o hijas menores de 16 años
- Tiene ascendientes a cargo en situación de dependencia.
- 1.000 euros, no acumulables al importe anterior si, además de tener hijos o hijas menores de 16 años, está en una o varias de las siguientes situaciones:
- Es una familia monomarental
- Es una familia monoparental
- Tiene la condición de familia numerosa
- 1.000 euros cuando la entidad beneficiaria es una empresa emergente (startup).
Si la contratación se hace a tiempo parcial, los importes anteriores se reducen proporcionalmente en función de la jornada establecida. La jornada a tiempo parcial no puede ser inferior al 75 por 100 de la jornada a tiempo completo comparable.
Incentivos para el fomento de la contratación de personas con discapacidad y otros colectivos especialmente vulnerables
Subvenciones para facilitar la contratación indefinida de personas desempleadas:
- Con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%
- Personas con capacidad intelectual límite
- Pertenecientes a alguno de los siguientes colectivos especialmente vulnerables:
- Mujeres víctimas de violencia de género
- Víctimas de trata de seres humanos y de explotación sexual
- Víctimas de terrorismo
- Personas en situación o riesgo de exclusión social.
Cuantía de las ayudas
Las cuantías de la subvención que puedes recibir son:
7.500 euros por cada contratación indefinida inicial o transformación en indefinido de un contrato temporal de:
- Personas con discapacidad que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.
9.500 euros por cada contratación indefinida inicial a tiempo completo de personas en alguna de las siguientes situaciones:
- Personas con discapacidad que presentan mayores dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo.
- Personas con discapacidad procedentes de un enclave laboral.
- Mujeres víctimas de violencia de género, víctimas de trata de seres humanos y de explotación sexual, víctimas del terrorismo.
- Personas en situación o riesgo de exclusión social.
6.500 euros por cada contratación indefinida inicial o transformación de contrato temporal en indefinido de:
- Personas con capacidad intelectual límite.
Las cuantías anteriores se pueden incrementar con importes adicionales, si se da uno o varios de los siguientes casos:
- 500 euros cuando la persona contratada es una mujer.
- 500 euros cuando la persona contratada está en una de estas dos circunstancias o en ambas:
Tiene hijos o hijas menores de 16 años - Tiene ascendientes a cargo en situación de dependencia.
- 500 euros cuando la persona contratada está en una de estas dos circunstancias o en ambas:
- 1.000 euros, no acumulables al importe anterior si, además de tener hijos o hijas menores de 16 años, está en una o varias de las siguientes situaciones:
- Es una familia monomarental
- Es una familia monoparental
- Tiene la condición de familia numerosa.
- 2.000 euros para los autónomos que contratan a su primer empleado.
- 1.000 euros cuando la entidad beneficiaria es una empresa emergente (startup).
Si la contratación se hace a tiempo parcial, los importes anteriores se reducen proporcionalmente en función de la jornada establecida, sin que sea exigible un porcentaje de jornada mínima tanto para personas con discapacidad como para otros colectivos especialmente vulnerables.
Incentivos para la contratación de personas jóvenes desempleadas mediante un contrato formativo de formación en alternancia.
En el siguiente enlace tenéis toda la información de este tipo de contratos: https://solucionnormativa.com/2024/11/21/el-contrato-de-formacion-en-alternancia-un-recurso-muy-valioso-para-las-empresas/
Cuantía de las ayudas
5.500 euros por cada contrato formativo de formación en alternancia, a tiempo completo, que reúna los siguientes requisitos:
- Persona joven menor de 30 años, inscrita como demandante de empleo, y en situación de beneficiaria en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, ambas desde el día inmediatamente anterior a su contratación.
- Carecer de cualificación profesional reconocida por las titulaciones o certificados requeridos para concertar un contrato formativo para la obtención de la práctica profesional.
- Copia del contrato y plan formativo individual según el artículo 11.4.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
La cuantía anterior se puede incrementar con importes adicionales, si se da uno o varios de los siguientes casos:
- 500 euros cuando la persona contratada es una mujer.
- 500 euros cuando la persona contratada está en una de estas dos circunstancias o en ambas:
- Tiene hijos o hijas menores de 16 años
- Tiene ascendientes a cargo en situación de dependencia.
- 1.000 euros, no acumulables al importe anterior si, además de tener hijos o hijas menores de 16 años, está en una o varias de las siguientes situaciones:
- Es una familia monomarental
- Es una familia monoparental
- Tiene la condición de familia numerosa.
- 1.000 euros cuando la entidad beneficiaria es una empresa emergente (startup).
Si la contratación se hace a tiempo parcial, los importes anteriores se reducen proporcionalmente en función de la jornada establecida. La jornada a tiempo parcial no puede ser inferior al 75 por 100 de la jornada a tiempo completo comparable.
Otras ayudas disponibles para particulares, autónomos y empresas
Consúltame para más información sobre las siguientes ayudas disponibles
- Conciliación de la vida familiar y laboral. Más info: https://solucionnormativa.com/2022/02/14/subvencion-para-la-conciliacion-de-la-vida-laboral-de-la-comunidad-de-madrid/
- Ayuda dirigida a la contratación de personas empleadas de hogar para el cuidado de hijos menores de 12 años o menores de 18 años con discapacidad, así como de otros familiares con discapacidad o dependientes a cargo y que convivan en el mismo domicilio.
- Contratación de personas empleadas de hogar
- Programa de jóvenes investigadores
- Ayudas destinadas a Empresas y Organismos de Investigación y Difusión de Conocimientos para la contratación de personal investigador menor de 30 años.
- Programa de jóvenes investigadores
- Ayudas dirigidas a Entidades locales de la Comunidad de Madrid, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas.
- Activación Profesional
- Activación Profesional Municipios Rurales
- Activación Profesional Reequilibrio Territorial
- Cualificación Profesional
- Activación Profesional Jóvenes
- Cualificación Profesional Jóvenes.
- Cualificación profesional en ocupaciones con competencias profesionales emergentes
- Entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro
- Cualificación Profesional para personas jóvenes con baja cualificación.
- Subvenciones financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
- Programa de apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano
- Proyectos integrados de inserción en el marco de la inversión 4 del componente 23 «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad – Colectivos vulnerables»
- Centros Especiales de Empleo, Empresas de Inserción y otras entidades colaboradoras
- Subvenciones destinadas a financiar el coste salarial de las personas con discapacidad contratadas en los Centros Especiales de Empleo.
- Subvenciones destinadas a financiar el coste salarial de las personas con discapacidad contratadas en los Centros Especiales de Empleo.
- Empleo con apoyo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo
- Ayudas a las unidades de apoyo a la actividad profesional, en el marco de los Servicios de Ajuste Personal y Social de los Centros Especiales de Empleo
- Programa de ayudas a las empresas de inserción.
- Ayudas para la realización de itinerarios de inserción UTIL
- Ayudas para itinerarios de inserción en colaboración con entidades sin ánimo de lucro
- Ayudas previas a la jubilación ordinaria
Si tenéis alguna duda sobre los requisitos, usar el botón de contacto, estamos a vuestra disposición para ayudaros en vuestro emprendimiento.
Tramitamos para vosotros cualquier subvención con un modelo a éxito que solo te supondrá un porcentaje del importe que se obtenga, sin coste si no la conseguimos. Consúltame y os detallo los honorarios.
También podéis consultarnos cualquier otro tipo de ayuda, somos expertos, ¡no dudes en contactarnos! Tu éxito es nuestra prioridad.
Fernando Sedeño Tlf. +34 693 774 615
e-mail: fsedeno@solucionnormativa.com



