Subvenciones para el empleo en la Comunidad de Madrid 2023

Cómo beneficiarse de la estrategia de la Comunidad de Madrid para el Empleo

Actualizado el 7 de junio de 2022

***Entrada desactualizada***, la información actual la encontrareis aquí: https://solucionnormativa.com/2023/01/05/subvenciones-para-el-empleo-en-la-comunidad-de-madrid-2023/

La Comunidad de Madrid contempla subvenciones y ayudas para el empleo que muchas veces por desconocimiento o falta de medios no se solicitan y suponen un empujón económico para las empresas o autónomos, además de incorporar al mercado laboral a las personas desempleadas generando valor. Desde Solución Normativa gestionamos todas estas ayudas de forma eficaz ayudando a las empresas a que cuenten con los recursos necesarios para optimizar sus beneficios.

La Comunidad de Madrid se centra especialmente los siguientes colectivos prioritarios:

  • Los jóvenes.
  • Las mujeres con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo.
  • Las personas desempleadas de larga duración.
  • Las personas con discapacidad.
  • Las personas en riesgo de exclusión social.

Incentivos a la contratación indefinida inicial

Incentivos para la contratación indefinida inicial de personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid.

Cuantía de las ayudas

  1. 000 € cada contrato indefinido inicial a tiempo completo.
  2. 500 € cada contrato indefinido inicial a tiempo completo realizado a los siguientes colectivos:
  • Mayores de 45 años
  • Personas trabajadoras retornadas del extranjero a la Comunidad de Madrid
  • Personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo con, al menos, 360 días en los 540 días anteriores a la fecha de su contratación.
  1. 500 € cada contrato indefinido inicial a tiempo completo realizado a los siguientes colectivos:
  • Personas mayores de 45 años inscritas como personas desempleadas demandantes de empleo con, al menos, 360 días en los 540 días anteriores.
  • Personas desempleadas de larga duración con 24 meses o más en desempleo.

Las cuantías anteriores se incrementarán en 500 € más cuando la persona contratada sea una mujer o pertenezca al colectivo de personas trans.

Para los autónomos que contraten a su primer empleado, se contempla una ayuda adicional de 2.000 € que se sumará a la cuantía que corresponda de acuerdo con el perfil de la persona contratada.

Contratación Estable de Jóvenes menores de 35 años.

Contratación indefinida de jóvenes inscritos como beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil o inscritos como desempleados en alguna de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid, que supongan incremento neto del nivel de empleo indefinido de la empresa, hasta un máximo de 10 contrataciones por beneficiario y año.

Cuantía de las ayudas

5.500 € cada contrato indefinido a tiempo completo siempre que la duración del mismo sea, de al menos, 12 meses.

Si el contrato indefinido se formaliza con un joven, que hubiera sido despedido a partir de la declaración del estado de alarma, en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por causa de fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción, previstas en los artículos 51 y 52.c) del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, el importe de la subvención será de 6.000€.

Se incrementará en 500 € en el caso de que la persona contratada sea mujer o pertenezca al colectivo Trans.

Para los autónomos que contraten a su primer empleado, se contempla una ayuda adicional de 2.000€ que se sumará a la cuantía que corresponda de acuerdo con el perfil de la persona contratada.

En el supuesto de contratación a tiempo parcial el importe se reducirá proporcionalmente en función de la jornada establecida teniendo en cuenta que, en todo caso, la jornada no podrá ser inferior al 62,5% de la jornada a tiempo completo de un trabajador comparable.

Mi primer empleo joven

Se subvenciona la contratación temporal y posterior conversión en indefinido de jóvenes inscritos como beneficiarios en el Fichero del Sistema Nacional Garantía Juvenil o inscritos como desempleados en alguna de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid, que carezcan de experiencia laboral (máximo 90 días trabajados) o sean personas jóvenes desempleadas de larga duración (inscritos como demandantes de empleo al menos 180 días durante los 360 inmediatamente anteriores a la contratación).

Contratación temporal de 6 meses como mínimo mediante contrato de obra o servicio o eventual por circunstancias de la producción.

Conversión a indefinido del contrato temporal, a la finalización del período mínimo ( a partir del día 181 del contrato) mencionado en el párrafo anterior.

Cuantía de las ayudas

6.000 € por cada contrato temporal.

Se incrementará en 500€ en el caso de que la persona contratada sea mujer o pertenezca al colectivo de personas trans.

3.000 € por cada contrato temporal, cuando a la finalización del período mínimo exigible de 6 meses, se convierta a indefinido.

En el supuesto de contratación a  tiempo parcial  el importe se reducirá proporcionalmente en función de la jornada establecida teniendo en cuenta que, en todo caso, la jornada no podrá ser inferior al 75% de la jornada a tiempo completo de un trabajador comparable.

Impulso a la Contratación en Prácticas.

Contratación en prácticas durante al menos 6 meses, de jóvenes inscritos como beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil Juvenil o inscritos como desempleados en alguna de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid, en una ocupación directamente relacionada con su titulación y acorde a su nivel de estudios o formación.

Cuantía de las ayudas

4.500 € cada contrato en prácticas a tiempo completo siempre que la duración del mismo sea de al menos, 6 meses.

Si el contrato se formaliza con un joven, que cumpliendo los requisitos para formalizar este tipo de contrato, hubiera sido despedido a partir de la declaración del estado de alarma, en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por causa de fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción, previstas en los artículos 51 y 52.c) del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, el importe de la subvención será de 5.000€.

Se incrementará en 500 € en el caso de que la persona contratada sea mujer o pertenezca al colectivo de personas Trans.

En el supuesto de contratación a tiempo parcial el importe se reducirá proporcionalmente en función de la jornada establecida teniendo en cuenta que, en todo caso, la jornada no podrá ser inferior al 62,5% de la jornada a tiempo completo de un trabajador comparable.

Impulso al Contrato de Formación y Aprendizaje

Los contratos de formación y aprendizaje sólo pueden formalizarse con jóvenes mayores de 16 años y menores de 25 aunque “El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad ni con los colectivos en situación de exclusión social previstos en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, en los casos en que sean contratados por parte de empresas de inserción que estén cualificadas y activas en el registro administrativo correspondiente». (Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores).

Contratación de formación y aprendizaje a jornada completa de jóvenes inscritos como beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil Juvenil o inscritos como desempleados en alguna de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid, para el desempeño en régimen de alternancia de actividad laboral con actividad formativa, recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.

Cuantía de las ayudas

5.000 € cada contrato en formación y aprendizaje a tiempo completo por los 12 primeros meses del contrato sin perjuicio de la duración que para estos contratos establezca la normativa laboral de aplicación.

Si el contrato se formaliza con un joven, que cumpliendo los requisitos para formalizar este tipo de contrato, hubiera sido despedido a partir de la declaración del estado de alarma, en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por causa de fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción, previstas en los artículos 51 y 52.c) del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, el importe de la subvención será de 5.500€.

Se incrementará en 500 € en el caso de que la persona contratada sea mujer o pertenezca al colectivo de personas Trans.

Incentivos para la conversión de contratos temporales y formativos en indefinidos.

Incentivos por la conversión de contratos temporales o formativos en indefinidos, con una vigencia mínima de seis meses previos a la fecha de la conversión cuando las personas contratadas desarrollen su actividad en la Comunidad de Madrid.

Cuantía de las ayudas

3.000 € por cada conversión de contrato temporal o formativo en indefinido a tiempo completo.

En los supuestos de contratación indefinida a tiempo parcial el importe de la subvención se reducirá proporcionalmente en función de la jornada establecida teniendo en cuenta que, en este caso, la jornada no podrá ser inferior al 62,5% de la jornada a tiempo completo de un trabajador comparable.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de alta de la persona contratada.

Fomento de la contratación estable de mujeres víctimas de violencia de género, personas víctimas del terrorismo y personas en riesgo de exclusión social.

Contratación de mujeres víctimas de violencia de género, víctimas del terrorismo, en riesgo de exclusión social y personas que hayan participado, sin que haya transcurrido más de 3 meses desde que finalizó su participación, en el Programa de reactivación e inserción laboral para personas desempleadas de larga duración con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo.

Cuantía

Contratación indefinida: 7.500 €, este importe se incrementará en 500 €, cuando la persona contratada sea una mujer o se trate de una persona trans.

Contratación temporal:

  • Contratos de 3 a menos de 6 meses: 1.750 €
  • Contratos de 6 a 12 meses: 3.500 €
  • Los Autónomos que contraten con carácter indefinido a su primer empleado, se contempla una ayuda adicional de 2.000 €.

Se podrá solicitar con posterioridad el incremento de la ayuda concedida en la cuantía que corresponda, por ampliaciones del período de contratación o por conversión del contrato temporal en indefinido hasta alcanzar la prevista en función de la duración del contrato ampliado o indefinido.

fomento de la contratación de personas con discapacidad.

Subvenciones dirigidas a empresas que contraten trabajadores con discapacidad.

Cuantía

Ayuda por cada contratación indefinida o por la transformación de un contrato temporal a tiempo completo.

  1. a) 5.500 € por cada contrato, inicial indefinido.
  2. i) 500 €, que se suman en el caso en que la persona sea una mujer.
  3. ii) Ayuda adicional de 2.000 € para los autónomos que contraten a su primer empleado.
  4. b) 3.907 € por cada transformación de contrato temporal en indefinido.

Cuando el contrato se celebre a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente a la jornada.

  • Subvenciones por adaptación de puestos de trabajo, eliminación de barreras arquitectónicas o dotación de medios de protección personal de hasta 901 euros por trabajador contratado indefinidamente o en determinados supuestos de temporalidad.
  • Ayuda por la contratación indefinida a tiempo completo de trabajadores procedentes de enclaves laborales:
  1. a) Subvención de 7.814 euros, por cada contrato de trabajo celebrado a jornada completa, por persona contratada con discapacidad severa.
  2. i) 8.000 € en el caso de que la persona sea mujer.
  3. ii) Para los autónomos que contraten a su primer empleado:

– 9.500 € en el caso en que la persona contratada sea un hombre.

– 10.000 € en el caso en que la persona contratada sea mujer.

  1. b) Subvención de 5.500 euros, por cada contrato de trabajo  celebrado a jornada completa, por persona con discapacidad sin discapacidad severa.
  2. i) 500 €, que se suman al importe anterior, en el caso en que la persona sea una mujer.
  3. ii) Ayuda adicional de 2.000 € para los autónomos que contraten a su primer empleado.

Si el contrato se realiza a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada.

 

Todas estas ayudas están sujetas al Régimen de mínimis, por lo que la suma de todas las ayudas recibidas no podrá exceder de los 200.000€ en los últimos tres años.